Ciencias de las Religiones
Grado y Doble Grado. Curso 2024/2025.
Acceso específico al título
La entrada en la titulación conducente a la obtención del Grado en Ciencias de las Religiones por la Universidad Complutense de Madrid no está sujeta a ninguna prueba de acceso específica sino que se ajusta a la normativa general de enseñanzas universitarias establecida por el Ministerio de Educación y Ciencia (hoy denominado Ciencia, Innovación y Universidades), la Comunidad Autónoma de Madrid y la propia UCM.
Las vías y requisitos de acceso a las enseñanzas oficiales de Grado en Ciencias de las Religiones se fijarán de acuerdo a la legislación vigente. Los procedimientos que regulan el ingreso en los Centros Universitarios están recogidos en las siguientes disposiciones legales:
- Resolución de 4 de junio de 2001 (BOE de 12 de junio) que establece las normas para el cálculo de la nota media de los/as alumnos/as que acceden a la Universidad desde la Formación Profesional.
- Real Decreto 777/1998, de 30 de abril (BOE de 8 de mayo). Establece los accesos a la Universidad desde Ciclos Formativos Superiores y sus equivalencias con Ramas de FP2 y Módulos de nivel 3, Orden ECI/2527/2005 de 4 de julio que actualiza y ampliar la anterior.
- Orden EDU/1161/2010 de 4 de mayo (BOE de 7 de mayo) por el que se establece el procedimiento para el acceso a la Universidad Española por parte de los/as estudiantes procedentes de Sistemas Educativos a los que es de aplicación el Art. 38.5 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.
- Resolución de 11 de Abril de 2008 (BOE de 24 de abril) por el que se establece las normas de conversión de las calificaciones cualitativas en calificaciones numéricas del expediente académico del alumnado de bachillerato y cursos anteriores a la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de mayo, de Ordenación del Sistema Educativo.
- Real Decreto 1892/2008, de 14 de noviembre (BOE de 24 de noviembre) por el que se regulan las condiciones para el acceso a las enseñanzas de Grado y los procedimientos de admisión a las Universidades Públicas Españolas. Modificado por Orden EDU/1434/2009, de 29 de mayo, Orden EDU268/2010, de 11 de febrero y RD 558/2010, de 7 de mayo.
- Real Decreto 412/2014, de 6 de junio (BOE de 7 de junio) por el que se establece la normativa básica de los procedimientos de admisión a las enseñanzas universitarias oficiales de Grado.
- Acuerdo de 5 de mayo de 2014, de las universidades públicas de la Comunidad de Madrid, por el que se establecen los procedimientos de admisión a las enseñanzas universitarias oficiales de Grado durante el curso 2014-2015. Ratificado por Acuerdo de 29 de septiembre de 2014 para el curso 2015-2016 y de 22 de septiembre de 2015 para el curso 2016-2017.
Información específica para matrícula
Formalización de la matrícula de Grado
Contacte con la Secretaría de Estudiantes
Correo-e: secrefilosofia@filos.ucm.es
Telf.: + 34 91 394 59 82
Pruebas de acceso especiales, en su caso
No hay pruebas de acceso especiales.
Perfil recomendado para el estudiante de nuevo ingreso
El perfil de ingreso propio de la titulación es el de una persona que tenga interés por las cuestiones relacionadas con las religiones como fenómeno histórico, socio-cultural, filosófico y antropológico, y que pretenda adquirir competencias relacionadas con su comprensión e interpretación, así como con su gestión en las sociedades contemporáneas. Aunque no se requieren conocimientos previos específicos, los básicos para acceder al Título son los correspondientes a un nivel de 2º de Bachillerato.
Transferencia y reconocimiento de créditos
La organización de las enseñanzas de Grado tiene entre sus objetivos (RD.: 1393/2007, de 29 de octubre) "fomentar la movilidad de los/as estudiantes, tanto dentro de Europa como con otras partes del mundo, y sobre todo la movilidad entre las distintas universidades españolas y dentro de la misma universidad". Con este objetivo:
I. La UCM dispone de un Reglamento sobre Reconocimiento y Transferencia de créditos, publicado en el BOUC nº 14 de 10 de noviembre de 2011, el cual recoge el Acuerdo del Consejo de Gobierno de fecha 18 de octubre de 2011 por el que se aprobó la modificación del Reglamento sobre Reconocimiento y Transferencia de créditos (publicado en el BOUC nº 15 de 15 de noviembre de 2010).
De acuerdo con este Reglamento, se entiende por reconocimiento y transferencia de créditos:
· Reconocimiento: aceptación por una universidad de los créditos que, habiendo sido obtenidos en unas enseñanzas oficiales en la misma u otra universidad, son computados en otras distintas a efectos de la obtención de un título oficial.
· Transferencia: implica que en los documentos académicos oficiales acreditativos de las enseñanzas seguidas por cada estudiante, figure la totalidad de los créditos obtenidos en enseñanzas oficiales cursadas con anterioridad, en la misma u otra universidad, siempre que no hayan sido empleados para la obtención de un título oficial.
II. La UCM dispone de un Reglamento de Reconocimiento de Créditos a los Estudiantes de Titulaciones de Grado por la realización de actividades universitarias, culturales, de representación estudiantil, solidarias y de cooperación, publicado en el BOUC nº18 de 8 de septiembre de 2016, el cual recoge el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 5 de julio de 2016, por el que se aprobó dicho Reglamento.
III. En la Facultad de Filosofía, la Comisión de Estudios (Transferencia y Reconocimiento de Créditos), compuesta por el/la Decano/a, o persona en quien delegue y por profesores/as en un número que garantice la representación de todas las titulaciones que se imparten en el Centro, más un/a representante de los/as estudiantes y una persona miembro del personal de administración y servicios (PAS), que actuará como secretario/a. Sus miembros se renuevan cada dos años, salvo el PAS que se renueva cada tres.
· Esta Comisión se debe reunir al menos dos veces cada curso académico para analizar los supuestos de reconocimientos de las enseñanzas adscritas al centro, teniendo en cuenta que:
- Serán objeto de reconocimiento los créditos correspondientes a materias de formación básica de dicha rama.
- También serán objeto de reconocimiento los créditos obtenidos en aquellas otras materias de formación básica que pertenezcan a la rama de conocimiento del título al que se pretende acceder,
- El resto de créditos podrán ser reconocidos teniendo en cuenta la adecuación entre las competencias y conocimientos asociados a las restantes materias cursadas por el/la estudiante y los previstos en el plan de estudios o bien que tengan carácter transversal.
- En el caso particular del reconocimiento de créditos por acreditación de experiencia laboral y profesional, se reconocerán un máximo de 12 ECTS, a saber, los correspondientes a la Materia "Prácticas", del Módulo "Formación Profesional". Por esta razón, solo se reconocerán dichos créditos si la experiencia laboral y profesional acreditada por el/la estudiante es conforme a las competencias específicas propias del Módulo "Formación profesional". En todo caso, la experiencia laboral y profesional objeto de reconocimiento se acreditará por medio de certificados y de la vida laboral. Se establece un mínimo de 24 meses de experiencia laboral y profesional para el reconocimiento de los 12 ECTS.
- En conformidad con el acuerdo del Consejo de Gobierno de la UCM, de fecha 5 de julio de 2016, publicado en el BOUC con fecha de 8 de septiembre de 2016, por el que se aprueba el Reglamento de Reconocimiento de Créditos a los/as Estudiantes de Titulaciones de Grado, los/as estudiantes podrán obtener reconocimiento académico de un mínimo de 6 créditos y un máximo de 9 créditos del total del plan de estudios cursado por la participación en actividades universitarias culturales, deportivas, de representación estudiantil, solidarias y de cooperación. Estos créditos se incluirán dentro del apartado de los créditos optativos de la titulación. Las condiciones para el reconocimiento las fijará la UCM a través de la Comisión de Estudios.
- Transferencia: Se incluirán en el expediente académico del/ de la estudiante los créditos correspondientes a materias superadas en otros estudios universitarios oficiales no terminados.
- Calificaciones: Al objeto de facilitar la movilidad del/ de la estudiante, se arrastrará la calificación obtenida en los reconocimientos y transferencias de créditos ETCS. En su caso, se realizará media ponderada cuando coexistan varias materias de origen y una sola de destino. En el supuesto de no existir calificación se hará constar APTO, y no baremará a efectos de media de expediente. Por lo tanto, la similitud de contenido no debe ser el único criterio a tener en cuenta en el procedimiento de reconocimiento de créditos.
- Los criterios que emplee esta Comisión deben ser compatibles con la importancia que deben tener los resultados de aprendizaje y las competencias a adquirir por los/as estudiantes. Con este fin, el perfil de los/as miembros de la Comisión será el de las personas que acrediten una formación adecuada en todo lo relativo al Espacio Europeo de Educación Superior y, sobre todo, a la aplicación del crédito ECTS como instrumento para incrementar la movilidad tanto internacional como dentro de España o entre centros de la misma Universidad Complutense.
· Asimismo, se garantizará la coordinación entre las distintas Comisiones de los centros de la Universidad Complutense de Madrid con el fin de garantizar la aplicación de criterios uniformes de actuación.
Adaptación de la titulación extinguida
NO PROCEDE
Cursos de adaptación (plan curricular y condiciones de acceso)
NO PROCEDE
Mecanismos de información y orientación para estudiantes matriculados
La Facultad de Filosofía organiza una semana antes del comienzo del curso académico un acto de presentación para los/as alumnos/as de nuevo ingreso. En este acto participan el Equipo Decanal, los/as Directores/as de Departamento, el/la Director/a de la Biblioteca y el/la Jefe/a de la Secretaría de Alumnos/as. En este acto se informa a los/as estudiantes de las estructuras institucionales (Facultad, Departamentos, Biblioteca...), de los servicios administrativos, de la página web, del curso propedéutico "Técnicas de investigación y escritura en Filosofía" y de los órganos de representación de los/as estudiantes y de las distintas asociaciones estudiantiles.
OFICINA DE INTERCAMBIO
La Facultad cuenta con una Oficina de Intercambio, adscrita al Vicedecanato de Alumnos y Relaciones Internacionales, la cual da apoyo a todos/as los/as alumnos/as propios/as que pretenden acogerse a algún programa de movilidad así como a todos/as los/as estudiantes foráneos/as que vienen a realizar una formación durante un tiempo específico.
VICEDECANATO DE ALUMNOS/AS Y RELACIONES INTERNACIONALES
La Facultad cuenta con un Vicedecanato para orientar a los/as alumnos/as sobre las distintas dudas que tengan, quien les informará personalmente o bien les remitirá a las instancias que convenga.
INFORMACIÓN DEL CENTRO Y LOS DEPARTAMENTOS A LOS/AS ALUMNOS/AS
Toda la información que concierne a la actividad de los/as estudiantes relacionada con sus estudios se hace pública por tres vías: tablones de anuncios, folletos y cartelería, y página web. Entre otra información que se difunde por estos medios destaca:
- Plan de estudios completo del Grado, calendario académico y oferta académica de cada curso.
- Programas específicos de las asignaturas que componen la oferta académica de cada curso.
- Relación de profesores/as con su horario de atención a alumnos, despacho de atención a alumnos/as y las direcciones electrónicas de contacto.
- Estructura académico-administrativa del centro, con cargos responsables e integrantes del Decanato, secciones administrativas y Departamentos y Secciones Departamentales.
- Horarios y direcciones electrónicas de contacto con el Decanato y Secretarías administrativas tanto del centro como de los departamentos.
- Procedimientos electorales.
- Relación de actividades formativas organizadas por el Centro y los Departamentos.
- Convocatorias de programas de intercambio y movilidad, becas de ayuda a la investigación y otras convocatorias de interés para el desarrollo curricular de los/as alumnos/as del Grado
La Facultad cuenta con tablones reservados específicamente para estos distintos asuntos, como el correspondiente a todos los temas académicos, también para los administrativos, para información de becas, etc. Asimismo, cada Departamento de la Facultad cuenta con un tablón específico donde anuncia cuestiones relativas al mismo como elecciones, horarios de tutoría, despachos del profesorado, etc.
El Decanato, por otro lado, financia la cartelería para anunciar por los espacios donde se desarrolla la actividad académica del título cuestiones de distinta índole, como convocatorias de becas, actividades académicas específicas, procedimientos electorales, etc.
REPRESENTACIÓN DE LOS/AS ALUMNOS/AS Y ASOCIACIONES
Los/as representantes de los/as alumnos/as en Junta cuentan con un local específico en el Edificio A para sus reuniones, con acceso a fotocopiadora, ordenador, etc. Asimismo, cuentan con un tablón de anuncios específico y tienen un buzón de sugerencias a disposición de todos/as los/as alumnos/as, con el fin de transmitir las mismas a los órganos responsables de su gestión, como Junta de Facultad, Decanato, Departamentos, etc.
Además, en la Facultad hay Asociaciones de Estudiantes registradas oficialmente y que cuentan con financiación económica de la Universidad y apoyo de la propia Facultad para poder desarrollar las actividades que estimen oportunas, dentro de los límites establecidos por la normativa de la Universidad Complutense de Madrid.
Información para estudiantes extranjeros
La información general para los nuevos estudiantes extranjeros puede encontrase en el siguiente enlace de la UCM: